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2024-12-27
Carnés de discapacidad serán validos hasta diciembre 2024.
El Gobierno Nacional anunció un cambio significativo en la acreditación de la discapacidad. A partir del 1 de enero de 2025, la cédula de ciudadanía será el único documento oficial que reconocerá esta condición, dejando sin vigencia al carné de discapacidad, conforme al artículo 12 de la Ley Orgánica de Discapacidades.
• ¿Qué implica este cambio?
- Eliminación del carné de discapacidad: A partir del 31 de diciembre de 2024, los carnés emitidos por el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (CONADIS) o el Ministerio de Salud Pública (MSP) ya no serán válidos.
- Simplificación administrativa: la cédula será el único documento necesario para realizar trámites en instituciones públicas y privadas.
- Acceso a beneficios: La cédula actualizada permitirá a las personas con discapacidad acceder a los beneficios establecidos en la Ley Orgánica de Discapacidades, como exoneraciones y atención prioritaria.
• ¿Cómo actualizar la cédula?
- Acudir al Registro Civil más cercano.
- No será necesario agendar turnos para este trámite.
- La información sobre discapacidad será incorporada directamente a la cédula durante la visita.
- En caso de que una persona con discapacidad no pueda acudir a las oficinas del Registro Civil, podrá solicitar una brigada móvil mediante una solicitud disponible en la página web del Registro Civil, la cual se puede presentar por escrito o mediante correo electrónico a la dirección servicios@registrocivil.gob.ec.
Nota: El proceso es gratuito para las personas con un porcentaje de discapacidad igual o superior al 30%. Para el resto de los ciudadanos, el costo será de US $16,00.
• Horarios y fechas de atención
El Registro Civil atenderá en su horario habitual, de 08:00 a 17:00, los días 26, 27, 30 y 31 de diciembre de 2024.
• ¿Cómo será la nueva cédula?
El nuevo diseño de la cédula contará con:
- Chip de policarbonato que almacenará datos biométricos.
- Código QR para una validación rápida y segura.
- Información visible en el anverso sobre el tipo de discapacidad, su porcentaje y la condición del titular.
Nota: Este trámite será personal y solo deberá acudir la persona interesada, salvo casos de menores de edad o quienes necesiten acompañamiento.
asegurando que las personas con discapacidad accedan a servicios y beneficios de manera eficiente y digna.
El presente es un resumen, contiene información que hemos calificado como relevante y no necesariamente refleja la opinión de Robalino Abogados y/o CPA Consultores; por tanto, no puede ser considerado como asesoría prestada.
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